DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCION CIVIL PROVISIONAL del ciudadano: Edward Daniel Monagreda Delgado, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 14.045.338, por aplicación expresa del artículo 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, y se designa como Tutor Provisional del Interdictado antes mencionado, al ciudadano: Brayan Iván Monagreda delgado, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 14.045.339, en su carácter de hermano.
Se ordena seguir formalmente el presente procedimiento por la vía ordinaria, quedando por tanto abierto el lapso probatorio.
Notifíquese al Fiscal Cuarto del Ministerio Público. L.....