DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA:
PRIMERO: Sustituye la medida de Detención Domiciliaria impuesta al adolescente acusado (Se omite nombre por razones de ley, artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes),, por las medidas Cautelares previstas en el artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes, la primera en la presentación por ante la oficina de alguacilazgo, cada 30 días y la segunda en la prohibición de acercarse por si o por medio de personas interpuesta a la víctima. Se ordena librar boleta de libertad. SEGUNDO: Fijar la continuación del juicio oral y reservado para el día 20 de Mayo de 2015, a las 9:00 d.....