Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Mixto en funciones de Juicio Nº 02, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara por unanimidad culpable al ciudadano JACKSON ENRIQUE LINARES venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, nacido el 25/02/1983, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.617.014, residenciado en el Barrio Monseñor Unda, calle 1, casa Nº 2, a lado de la Bodega ubicada en la esquina, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, sancionado en los artículos 460 y 278 del Código Penal vigente, condenándolo a cumplir la pena de nueve (09) años de presidio, pena aplicada conforme al artículo 74 ordinal cuarto ejusdem, así como las penas accesorias de la ley de conformidad con el articulo 16 del mi.....