DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
ÚNICO: LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO, en la pretensión de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, realizado por la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA BRAHMAN, C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, Bajo el Nº 53, Tomo 6-A, de fecha 04 de Febrero del año 2015, representada por el ciudadano Gabriel Alexander Ortiz Guedez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.565.500, parte demandada en la presente causa, y por la parte el apoderado judicial de la parte actora, el abogado NARCIZO SEGUNDO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.122.187, e inscrito en.....