En tal sentido, este Tribunal, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente:
1) Se ordena la retención de la cantidad de BOLIVARES CIEN (Bs 100, oo) mensual, del sueldo que como trabajador en el Aserradero De los Hermanos Sanella, ubicado en esta Población de Boconoito, devenga en forma mensual el ciudadano ERNESTO RIERA , cantidad esta que se corresponde con la cantidad por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN MENSUAL que fuera acordada por el Tribunal según sentencia, comenzando dicha retención a partir del ultimo del Mes de Septiembre del año 2008, y que una vez retenida, deberá ser depositada en la cuenta de ahorros numero 0007-0178-50-0010001856, en la Institución Bancaria Banfoandes
2) Igualmente, se ordena una retención adicional para los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, de BOLÍVARES DOSCIENTOS (Bs. 200, oo) para los gastos de útiles escolares y uniformes, así como la ropa y zapatos por la é.....