De la pena de ocho (8) años, le falta por cumplir seis (06) años, dos (02) meses y ocho (08) días, en consecuencia cumple la totalidad de la pena impuesta en fecha 02/12/2.018.
A partir de la fecha que de seguida se indican se cumplen las alícuotas de pena establecidas por la ley para el goce de las formulas alternativa de cumplimiento de pena:
Cumple una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta que equivale a dos (2) años para optar a la formula de Destacamento de Trabajo el 02/12/2.012.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta que se corresponde a dos (2) años, ocho (8) meses para optar a la formula de Régimen Abierto el 02/08/2.013.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta que se equipara a cinco (5) años, cuatro (4) meses para optar a la formula de Libertad Condicional el 04/04/2.016.
Cumple las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta equivalentes a seis (6) años, para optar a la conmutación de la pena.....