Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: JANETH DEL CARMEN COLMENARES y JOSE LEONIDAS PEREZ CASTRO, venezolanos mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.656.592, V-5.947.295, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, disuelto el vínculo conyugal contraído por ellos ante la oficina del Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en fecha doce (12) de Junio, año dos mil Siete (2007), tal como de evidencia de copia fotostática certificada del acta de matrimonio N° 272, la cual corre inserta al presente expediente en los folios dos, tres y cuatro (04 y 05).
En cuanto a los bienes gananciales, este Tri.....