Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano Eleazar Cely Garavito, ya identificado el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Plano de Ocupación Geoespacial Terreno Vivienda de fecha 27 de Mayo de 2024, expedido por la Dirección de Ambiente y Ordenamiento del Territorio; Constancia de Ocupación de fecha 27 de Mayo de 2024, expedido por el Consejo Comunal Las Cruces Sector I, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.....