Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano NESMYR PEDRAZA, asistido por el abogado ALCIDES ESCALONA, en su carácter de parte demandante, contra la decisión de fecha 25 de julio del año 2008 (cursante al folio 142) dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en  Acarigua, en fecha 25 de julio del año 2008, todo de conformidad con el  artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: SIN LUGAR;  el  recurso de apelación interpuesto por el ciudadano NESTOR PEDRAZA, asistido por el abogado ALCIDES ESCALONA, contra la decisión de fecha  25  de  julio  del  año  2008  (cursante  al  foli.....