En fecha 20 de Noviembre de 2008, compareció el Abogado MANUEL PARRA ESCALONA, en su carácter de Apoderado de la parte actora, a los fines de presentar un desistimiento y solicitó se le devuelvan los originales insertos a los folios 3, 4, 5, 6, 7,8 y 9 y en su lugar se deje copias certificadas.
El Tribunal visto el anterior desistimiento presentado por la parte actora, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del expediente. Se acuerda devolver los originales solicitados, dejando en su lugar copias certificadas, para la obtención de los fotostatos se autoriza a la secretaria de este Tribunal quien firmará de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese y déjese copias certificadas.
Dado, sellado, firmado y refrendado.....