DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR los Recursos de Apelaciones interpuestos por las Abogadas MILAGRO GALLARDO y YARITZA RIVAS, en su carácter de Defensoras Públicas de los ciudadanos JOSÉ DE LOS SANTOS VALERA, JOSÉ LUIS VARGAS ZARRAGA, JOSÉ ASUNCIÓN TORREALBA, JOSÉ DE JESÚS RICO OROZCO, ADELIS RAMÓN MEJÍAS AZUAJE, ANTONIO RAMÓN PEREIRA HERNÁNDEZ, FERNANDO QUEZADA PABON, JUAN VARGAS y ELAUTERIO ANTONIO GONZALEZ; SEGUNDO: ANULA la decisión dictada en fecha 29 de octubre de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02, con sede en Guanare; y TERCERO: ORDENA la remisión de la presente causa a otro Juez de Control de este Circuito Judicial Penal, con sede en Guanare, de conformidad con el artículo 434 del .....