DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Juan Diego Toro Soto, Numero de identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil de la República de Colombia Nº 1.037.974.819, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 25/05/1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio ninguno, natural de SAN LUIS, ANTIOQUIA de la República de Colombia y residenciado en la calle Colombia, Casa sin número de la población de San Luís, Antioquia de la República de Colombia, quien fue aprehendido por la comisión del delito de uso de documento falso, de conformidad con el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación vigente,.....