En tales razones, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario del Transito, y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, NIEGA el recurso de casación anunciado por la parte querellante contra la sentencia Interlocutoria de fecha 10-02-2005, en el presente juicio que por Interdicto Restitutorio sigue el ciudadano Jadalla Charani F., contra el ciudadano: Jad El Kareim Mettib Fakhr El Dein El Charani; y así se decide, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.