DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se Niega la Calificación de la Aprehensión en flagrancia de los imputados Mosquera Dueño Abel José, de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 16-12-1980, titular ele la cédula de identidad V-15.693.683, soltero, de 30 años de edad, herrero, natural de Río Acarigua, residenciado en la calle principal, casa s/n, al lado de la gallera, sector 4 del barrio fosé Antonio Páez de Guanarito estado Portuguesa y Mosquera Dueño Leonardo Ramón, de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 28-07-1984, titular de la cédula de identidad V-18.928.262, soltero, de 26 años ele edad, obrero, natural de Río Acarigua, residenciado en el caserío el hacha del mu.....