En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:" La Entrega Material del inmueble constituido por dos (2) locales comerciales signados con los Nos 1 y 2, ubicados en la urbanización 24 de julio Avenida 1, Acarigua, Estado Portuguesa, y lo coloca en disposición de la parte actora ciudadana reina Dalila Colmenarez ya identificada, y debidamente asistida por la abogada Amaríanni Nadal López ya identificada., libre de personas y con los bienes muebles que forman parte del contrato de arrendamiento y que cursa al folio 2 del presente despacho de comisión, quien estando presente expone:"Recibo conforme el inmueble constituido por dos (2) locales comerciales signados con los Nos 1 y 2, ubicados en la urbanización 24 de julio Avenida 1, Acarigua, Estado Portu.....