Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana ZORAIDA MARGARITA PEÑA RUIZ, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre unas Bienhechurias construidas sobre un lote de Terreno municipal con una área total de Ciento Veintiuno con Ochenta y Uno Metros Cuadrados (121,81 Mts2), y con un área de construcción de Setenta y Ocho con Sesenta y Nueve Metros Cuadrados ( 78,69 Mts2) consistente en: una vivienda familiar con paredes de bloques y con pisos de cemento, techo de zinc y contiene: un (1) porche, una (1) sala, una (1) cocina, tres (3) habitaciones, un (1) baño con sus respectiva cerámica, seis (6) ventana.....