DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD, interpuesto por la abogado MARISA ROMEO actuando en sus condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, CARSAL C.A. contra el acto administrativo relativo a la Certificación de enfermedad Ocupacional N° POR-0099-2017 de fecha 20 de noviembre del año 2017, emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LOS ESTADOS PORTUGUESA Y COJEDES, CON SEDE ACARIGUA., de conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa; por las razones expuestas en la motiva.