´PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al RECONOCIMIENTO realizado por el ciudadano RAUL ALFREDO JIMENEZ COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.127.414, asistido por el abogado JORGE ERNESTO MANJAKA OSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.710, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por la ciudadana MARIANNY ELIZABETH TUA GUTIERREZ, titular de la Cédula Identidad Nro. V-18.101.581, asistida por la abogada NELSA ADELA ORTIZ VARGAS inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.730.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, queda RECONOCIDO el contenido y la firma del documento de venta pura y simple, perfecta e irrevocable de un inmueble objeto de la demanda.´