Comprobado suficientemente el error cometido en la partida de nacimiento de la solicitante, con la constancia de Partida de Bautismo, expedida por la Diócesis de Acarigua-Araure, Parroquia San José Río Acarigua (Araure), de fecha 24-04-2006, es por lo que se hace procedente la Rectificación de la Partida de Nacimiento solicitada. En consecuencia, ofíciese lo conducente a la Prefectura del Municipio Araure del Estado Portuguesa, y al Registro Principal de Guanare de este mismo Estado, a los fines de que sea corregido por la vía de nota marginal el error cometido en la Partida de Nacimiento N° 2.392, de fecha 02 de diciembre de 1971, de la solicitante ciudadana RUZTHARKY YILBARYS ESCALONA PEREDO, llevada por la antes mencionada Prefectura Civil, en el sentido de que donde dice "... RUZTHARKY YILBARYS", debe decir "RUTHZARKY YILBARYS", que es lo correcto. Líbrese oficios.