Por lo que entonces no evidencia este tribunal que el auto de admisión de la querella interpuesta por el ciudadano Valmore Betancourt Gacelt en contra del ciudadano Luis Ramón Durán Romero, a quien acusa por la comisión del delito de Injuria Agravada, previsto y sancionado en el artículo 444 en su último aparte y parágrafo primero del Código Penal, dictado en fecha 10 de julio de 2013 sea un auto dictado en contravención o con inobservancia de las formas y condiciones previstas en nuestro ordenamiento jurídico, en consecuencia, se declara sin lugar nulidad planteada por la defensa. Así se declara.
Notifíquese a las partes. Regístrese, diarícese y certifíquese.
La Juez de Juicio N° 2,
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,
Abg. Lourdes Valera