DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por el abogado, CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, actuando como representante judicial de la parte patronal, entidad de trabajo ARROCERA 4 DE MAYO, S.A., contra la decisión publicada en fecha 12/11/2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado, CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, actuando como representante judicial de la parte patronal, entidad de trabajo ARROCERA 4 DE MAYO, S.A., contra la decisión publicada en fecha 12/11/2015 por el Juzgado Se.....