DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N°3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos JHONNY RAFAEL MEDINA ARANGUREN, venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, mayor de edad, casado, de profesión u oficio taxista, titular de la cédula de identidad N°14.773.245, residenciado en la calle principal, casa N°33, Urbanización San Luís, Araure; DOUGLAS BRAVO DIAZ GIL, venezolano, natural de Guanare, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio latonero, titular de la cédula de identidad N° 11.083.700, residenciado en la calle 2, casa sin número, barrio Bellas Artes, Acarigua, Estado Por.....