este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA suficientemente a la ciudadana EGLEE M. GUTIERREZ N, ya identificada, para tramitar ante la Empresa Tu´Pollo, ubicada en Carretera Vieja a Tocuyito, sector la Guasita del Municipio Libertador, Valencia del estado Carabobo, y cualquier otro organismo público y privado todo lo relacionado el cobro de prestaciones sociales, así como todos los concepto por indemnización por muerte, seguro de vidas, derivados de la contratación colectiva, beneficios dejados por el De-Cujus RAUBEL JAVIER GUTIERREZ AMARO.