Por los razonamientos que preceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: PRIMERO: Se REVOCA la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el Artículo 47 numeral 1º del COPP al ciudadano JACKSON JESUS CAMPOS ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.672.931, por la comisión de los Delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 ORDINAL 2do del código Penal. SEGUNDO: Se Condena a TRES (3) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, se exonera de Costas. TERCERO: Se ordena abrir cuaderno separado en lo que respecta JACKSON JESUS CAMPOS ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.672.931, dejando el principal en lo que respecta a Francisco Javier Barreto, identificado en autos. Remítase al Tribunal de Ejecución que por Distribución corresponda.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto.....