TERCERO
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA Sobreseimiento Definitivo en la presente Causa solicitado por el Fiscal Quinto del Ministerio Público, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 561 literal "d" y 650 literal "c" ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con el articulo 300, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
En la ciudad de Guanare, a los 25 días del mes Junio del año Dos Mil Trece.
La Jueza de Control NO 1,
Abg. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ.
La Secretaria,
Abg. NAYMAR CORDERO