En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos por este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones, la demanda propuesta en fecha 02/04/2012, por el ciudadano LUIS PABLO FORT INFANTE contra los ciudadanos Migdalia María Infante, Migdalia Jinette Fort Infante, Jair José Fort Infante, y la Sociedad Mercantil Hotel For You, C.A.., la cual quedó por distribución en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: La NULIDAD de todas las actuaciones realizadas en esta causa, incluyendo el auto de admisión de la demanda, y la sentencia apelada, dictada en fecha 14/11/2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia .....