este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano JUAN BAUTISTA TENIA ANZOLA, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.552.192, contra acto administrativo emanado de la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua del estado Portuguesa Nº 437-2017, dictado en fecha 09 de octubre de 2017, expediente administrativo Nº 001-2016-01-00619, donde se declaró Con Lugar la solicitud de calificación de falta instaurada por la entidad de trabajo CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A. (COPOSA).
SEGUNDO: Notificar a la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE ACARIGUA- ESTADO PORTUGUESA de la presente decisión, a través de oficio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.