DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: Acuerda la Caución Juratoria a los imputados Silvio Luis Araujo, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.095.696, natural de Escuque Estado Trujillo, nacido en fecha 17/06/1985, de ocupación Comerciante y residenciado en Urbanización La Vega Arriba, casa sin número Bocono Estado Trujillo y Leonardo Luis Méndez Villalobos, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.072.565, natural de Escuque Estado Trujillo, nacido en fecha 05/10/1988, de ocupación Comerciante y residenciados en Urbanización La Vega Arriba, casa sin número, Bocono Estado Trujillo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 259 y 260 del Código Orgánico Procesal Penal, por los del.....