Se declara estas actuaciones título supletorio suficiente que acredita a la ciudadana: MARIA MERCEDES YANEZ DE VARGAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 2.193.208 y domiciliada en la Calle 12, Sector 03, Casa N° 12, Urbanización "24 de Julio", de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, se les declare como única y universal heredera sobre los bienes dejados por el causante VALENTIN GREGORIO VARGAS YANEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.545.938 y domiciliado en la Calle 12, Sector 03, Casa N° 12, Urbanización "24 de Julio", de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 25 de Abril de 2011, en el Centro de Diagnostico Integral "24 de Julio", Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, quien era hijo de la solicitante. Devuélvanse originales de estas actuaciones previa anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal. Se ordena expedir por secretaría cinco (5).....