DISPOSITIVA:
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia por el poder soberano del nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal SUSTITUYE el acusado JOEL VINICIO SEMEJAL, Cédula de Identidad N° 12.433.109, La Privación Judicial Preventiva de Libertad y consecuente orden de captura contemplada en el artículo 250, eiusdem, por las contemplada en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal que consisten en: Presentación periódica por ante este Circuito penal cada 15 días. Así mismo, se servirá presentar certificación médica cada 30 días ante este a quo, a fin de verificar el estado de salud; a fin de garantizar las normas constitucionales y adjetivas de protección.
Regístrese, no.....