III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento incoado por la empresa mercantil RESTAURANT INTERNACIONAL DE LOS LLANOS, C.A., contra acto de ejecución de Reenganche y ordenamiento de pago y salarios caídos identificado bajo el N° 001-2016-01-01838 de fecha 05 de Abril de 2017, mediante la cual se declaro con LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pagos de Salarios Caídos y demás beneficios dejados de percibir, intentada por el ciudadana, ROXANA HERRERA ROJAS Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número N° V-20.810.385, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del.....