Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO.- se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JOHAM ELI QUIÑONES BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.052.186 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 42.833 en su carácter de apoderado judicial de la codemandada ciudadana AMALIA RAMONA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.062.029, contra el auto de fecha 23 de mayo de 2024, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO.- Se CONFIRMA en todas y en cada una de sus partes la decisión recurrida, y SE CONDENA en costas a la parte recurr.....