DISPOSITIVA:
En fuerza de las motivaciones que preceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara parcialmente con Lugar, la demanda de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: STEPHANY MARIA HERAZO GARCIA, en representación del niño: xxxxxx, en contra del ciudadano: EDWUAR JOSE MARTINEZ QUIÑONES, identificado supra, y se fija como Obligación de manutención, la cantidad de Mil Doscientos Bolívares (1200,oo) mensuales, a partir del presente mes, y en el mes de diciembre de cada año, la cantidad de Tres Mil Bolívares (Bs. 3.000,oo), para sufragar los gastos de ropa y zapato. Respecto a los gastos de médico y medicina será proporcionado por ambos padres, cuando lo requiera el niño beneficiario en este procedimiento; previéndose el ajuste.....