Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 eiusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos: EDER ANTONIO MORILLO BRAVO, en su carácter de parte accionada debidamente asistido por la Profesional del Derecho ciudadana: FLORINDA DEL CARMEN CAMPOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 206.864, y el ciudadano: RAFAEL ARNALDO RAMOS PENAGOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.268, todos plenamente identificados, en los términos y condiciones señalados en la transacción. Así se decide.
Se ordena resguarda en la caja fuerte del Tribunal el dinero efectivo. Así se decide.
Se ordena el archivo del expediente una vez vencidos los lapsos de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellad.....