´DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente recusación propuesta contra la abogada LISBEY ROJAS, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: INADMISIBLE la recusación propuesta por el abogado RICARDO ALBERTO BENCOMO, contra la abogada LISBEY ROJAS, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: Se ordena la remisión mediante oficio del presente expediente a la Jueza Recusada, a los fines de dar continuidad a la causa principal, signada con la nomenclatura N.....