Transcurrido lo 30 minutos de espera sin que el demandado llamará un abogado de su confianza y siendo las 1:35 PM, el demandado solicita el derecho de palabra y expone: "Ofrezco cancelar en este acto en dinero en efectivo la cantidad de Dos millones trescientos mil bolívares (BS. 2.300.000, Oo), que corresponde al remanente que por concepto de deuda de obligación alimentaría de tres millones Trescientos mil bolívares (Bs.3.300.000, oo) fui condenado a pagar por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, es todo". Seguidamente el Tribunal le cede el derecho de palabra a la apoderada actora Milagro Sarmiento, antes identificada, quien expone: "Acepto el ofrecimiento y recibo conforme la cantidad en dinero en efectivo de Dos millones trescientos mil bolívares (Bs.2.300.000, oo) que hace el demandado en este acto y que corresponde a la diferencia que adeudaba el demandado y por el cual fue condenado, solicito al Tribunal suspenda la medida de embargo y de por terminado el presen.....