En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:" Secuestrado el inmueble consistente en un local comercial ubicada en la avenida 30 entre calles 26 y 27 planta baja del edificio Don Salim de la ciudad de Acarigua, municipio Páez, Estado Portuguesa y en este mismo acto le hace entrega a la ciudadana Restituta del Carmen Mena ya identificada Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A, quien expone: " Recibo conforme el inmueble objeto del presente secuestro el Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 12:00 M. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-