DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora JESÚS ALFREDO VILLANUEVA, Apoderado Judicial de la parte actora, en contra de auto de fecha 21 de Octubre de 2010, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentado por los ciudadanos GUTIÉRREZ VERDE RAÚL DE LA CRUZ Y MELÉNDEZ DE GUTIÉRREZ YOLIMAR AUXILIADORA contra los ciudadanos ALZA GARCÍA MARÍA DOLORES Y ARÉVALO POWER JORGE RAFAEL. En consecuencia, se ORDENA la admisión de la prueba sometida a consideración, salvo su apreciación en la definitiva.
Queda así MODIFICADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certific.....