Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se pudo constatar, por medio de la inspección judicial, ordenada por este Tribunal, en el predio descrito por la solicitante, ubicado en el Sector el Guamal, Parroquia Antolín Tovar, jurisdicción San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, la existencia de las mejoras y bienhechurias consistentes en la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte de la ciudadana MARITZA COROMOTO MORALES LOYO. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones contestes de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que la ciudadana MARITZA COROMOTO MORALES LOYO, ha fomentado esas mejoras y bienhechurías agrícolas. Y de los documentos acompañados en la solicitud, se demuestra plenamente, la regularización de la tenencia de la tierra por parte del Instituto Nacional de Tierras (INTi), razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justific.....