´DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: HOMOLOGA, la transacción celebrada entre la sociedad mercantil C.A., DESTILERIA YARACUY, representada por su apoderada judicial abogada DELIVETT ZUJEIDY QUEVEDO VÁZQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 12.719.617, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.292, por una parte y por la otra los extrabajadores ciudadanos JAKZON ELIOENAI GONZÁLEZ TAMAYO, titular de la cédula de identidad N° 19.855.618, JOSÉ ALEXANDER RONDON, titular de la cédula de identidad N° 15.799.538, FERNANDO JORGE GONCALVES, titular de la cédula de identidad N° 12.955.276, JOSÉ ALEXANDER SILVA, titular de la cédula de identidad N° 28.200.983, ENDERSON LEOMAR ORTEGANO TRIBIÑO, titular de la cédula de ide.....