ACUERDO:...................................
PRIMERO: El padre LEONEL RAMIRO MANZANILLA, conviene en aportar por concepto de obligación de manutención a favor de su hija: Identificación Omitida por Disposición de la Ley , la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES.
SEGUNDO: En el mes de agosto de cada año, el padre conviene en aportar para su hija, la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (BS. 2.400,oo); para cubrir gastos escolares.
TERCERO: En el mes de diciembre de cada año, el padre conviene en aportar para su hija, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (BS. 2.500,oo), a los fines de cubrir los gastos propios de la época navideña y de fin de año.
CUARTO: Ambas partes están de acuerdo en que las cantidades fijadas y acordadas por concepto de Obligación de Manutención, serán depositadas durante los primeros cinco (5) días de cada mes, en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto abrirá la madre de la niña, en el Banco Provincial, comprometiéndose esta, que una .....