DISPOSITIVA.
De lo anteriormente expresado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal de Juicio Mixto N° 3, POR UNANIMIDAD: PRIMERO: ABSUELVE: por aplicación del Principio In Dubio Pro Reo a el ciudadano: Marcos Ernesto Chirinos Graterol, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.880.277, de estado civil Soltero, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido el 12/11/1986, de ocupación Funcionario Policial y residenciado en el Barrio El Valle, calle Rivas, casa Sin Número, sector Mesa de Cavacas, Guanare del Estado Portuguesa; Argenis Atahualpa Contreras Delgado, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.100.892, de estado civil Soltero, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido el 21/01/1987, de ocupación no aportada y residenciado en Urbanización Virgen de Coromoto, calle C, casa N° 39, Guanare del Estado Portuguesa; por cuanto no se demostró la culpabili.....