DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 24 de Octubre de 2024, por la abogada NORA MARGOT AGÜERO CASTILLO, plenamente identificada.
SEGUNDO: NULA la sentencia del 21 de Octubre de 2024, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, así como todos los actos del proceso incluyendo el auto de admisión de la demanda.
TERCERO: ORDENA remitir el presente expediente al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO. Con sede en la ciudad de Guanare.
CUARTO: SE.....