SIN LUGAR la acción incoada por la Abogada LISMARY CARDENAS en contra de los ciudadanos GREGORIO ARGOELLES, SANTO PÉREZ, JUAN PARGAS, HECTOR MEZA, ESTHALIN TORRES, HERMES ZERPA, CARLOS GUERRA, JUAN DE LA C. PIÑA, JUAN CARLOS MEDINA, IRSELY ALVARADO JORGE MUJICA, CARLOS LUCENA, WILFREDO DIAZ., por cobro de honorarios profesionales, por las razones expuestas en la motiva de la presente sentencia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el criterio de la Sala de Casación Civil de fecha 14 de agosto de 1996, por haber sido considerada la imposición de costas en el proceso de intimación de honorarios profesionales como antijurídica y antitética, ya que daría lugar a la perpetuidad de los procedimientos de estimación e intimación de honorarios. Y así se establece. A la fecha de su publicación.