Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la pretensión mero declarativa de propiedad, incoada por el ciudadano LUIS EDUARDO GARCÍA CACUA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.906.814, de este domicilio; en consecuencia el identificado ciudadano es propietario del vehículo de fabricación nacional cuyas características son las siguientes: placas: 583-586 PO, serial de carrocería: T24-0165-104448, serial motor: V8, marca: Titán, modelo: T24-1981, año: 1.981, color: Blanco-Rojo, clase: Microbús-Mini, tipo: Minibús, uso: por puestos, peso: 3.920, y queda obligado a inscribirlo en el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, conforme a las reglas contenidas en los artícul.....