En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en funciones de Control N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: El Tribunal acoge la parcialmente la calificación dada al hecho por el Ministerio Público, tipificada como Porte Ilícito de Arma Blanca, sancionado conforme al artículo 277 del Código Penal vigente; delito imputado y atribuible al ciudadano Efrén Enrique Montenegro, venezolano, mayor de edad, soltero, nacido en fecha 12-04-1987, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.880.273, siendo su último domicilio en el Barrio San Antonio, calle principal, casa sin número Guanare estado Portuguesa, sin atribuir la responsabilidad en el delito de posesión de sustancias estupefacientes por no existir elemento incriminatorio.
SEGUNDO: califica .....