Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- Se acuerda medida asegurativa preventiva sobre los bienes debidamente descritos en la experticia de reconocimiento técnico suscrita por el funcionario José Olivar en fecha 09-04-2008, y sobre el vehículo, el cual presenta las siguientes características: marca Chevrolet, modelo, silverado, tipo: Pick Up, año 1994, color Azul dos tonos, uso particular, clase, camioneta, placas O8G-FAM Serial de Carrocería, DC1C4KRV302981, uso: carga; de conformidad con el artículo 66 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. 2.- Se declara con lugar la solicitud formulada por la representante del Ministerio Público de declinatoria de la competencia en el Juzgado Segund.....