Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio, RESUELVE:
ÚNICO: Declara REDIMIDO al penado JOSE JAVIER DURAN MEJIAS, a quien se identifica como de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.258.867, nacido en fecha 3 de Diciembre de 1984, de estado civil soltero, un tiempo de un total de DIEZ (10) MESES, MAS UN (01) DIA, los cuales deben ser descontados de su pena principal de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN.
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese y háganse las demás participaciones del caso.
LA JUEZ
Abg. Argelia Guèdez Romero.
EL SECRETARIO
Abg.....