D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por el ciudadano RANDY RAFAEL RIVAS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número. V- 24.507.146, domiciliado en la urbanización Baraure 4, sector 03, vereda 43, casa #07, de la ciudad de Araure estado Portuguesa, debidamente asistido por el abogado WILLIANS RAFAEL SOTELDO, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 213.485; en contra de la ciudadana RISMARY LILIANA SILVA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número. V- 17.276.316, domiciliada en la urbanización Baraure 4, vereda 40, casa #11, de la ciudad de Araure estado .....