Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 39, de la ciudadana: SELINA DEL CARMEN TORRES MEJÍA, llevado por ante el Registro Civil y Ciudadanía de la Parroquia San Rafael de Palo Alzado, adscrito a la Alcaldía del Municipio Sucre Estado Portuguesa, durante el año mil novecientos setenta y nueve (1.979), Nº 39 Libro de Registro Civil de Nacimiento, llevado por ante la primera autoridad Civil dejándose establecido que el verdadero nombre de la solicitante es "SELINA" y no "SELIMA" como aparece en la copia fotostática de la Cédula de Identidad.
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.